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Súper industria sanciona a Claro y Tigo

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) informó que impuso
multas a los operadores Claro y Tigo al vulnerar el régimen de
protección al consumidor. Las sanciones ascienden en total a $2.877
millones.
De acuerdo con la autoridad nacional, la compañía Claro fue sancionada
con una multa por $1.534 millones al probarse que el operador emitió
publicidad engañosa dentro de las campañas “¿Miedo? Ni que mis redes
gastaran datos” y “Elijo disfrutar sin límites lo que me gusta”.

“Se pudo establecer que la compañía no cumplía con la información
objetiva señalada dentro de las piezas publicitarias analizadas y que,
además, cuando se indicó que el uso de las aplicaciones Facebook,
WhatsApp, Instagram y Twitter no generaba consumo de datos, por el
contrario, el uso de algunas funcionalidades de las aplicaciones, como
las de iniciar sesión, hacer llamadas o videollamadas y transmitir en
vivo, sí generaban consumo de los datos de los planes móviles de los
usuarios”, indicó la SIC frente a la primera campaña. |
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Con respecto a la segunda publicidad, la Superintendencia afirmó que se
evidenció que Claro incluyó cláusulas abusivas que limitaban su
responsabilidad, atribuyéndola a las aplicaciones por el consumo de
datos del plan del usuario.

“La compañía incluyó dentro de los términos y condiciones cláusulas que
le exoneraban de toda responsabilidad relacionada con el consumo de
datos por el uso de algunas de las funcionalidades de las aplicaciones
objeto de la oferta promocional, e inculpaban a la aplicación por el
consumo de datos que se configurara del respectivo plan”, explicó la
SIC.

En cuanto a Tigo, este fue sancionado por $1.343 millones por llevar a
cabo prácticas que desconocen el derecho de los usuarios de mantener la
titularidad de sus líneas móviles.
El operador habría reutilizado y/o reciclado líneas móviles de usuarios
sin el lleno de los requisitos regulatorios vigentes. También se le
acusa de modificar unilateralmente los contratos de prestación de
servicios, así como desatender los requerimientos de información
efectuados en el
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marco de las averiguaciones
preliminares que se adelantaban por dichas infracciones.
“Se pudo establecer que Tigo habría optado por realizar cambios en la
titularidad de las líneas móviles de sus usuarios en modalidad prepago,
sin que antes hubiesen pasado dos meses de inactividad del número de la
línea móvil, es decir, sin realizar ni recibir llamadas, sin cursar
tráfico de datos, sin enviar ni recibir mensajes de texto, sin hacer
recargas ni tener saldos vigentes, y sin dar previo aviso a los
usuarios. De este modo, dispuso libremente de las líneas en modalidad
prepago que eran propiedad de sus usuarios, en contravención de las
reglas previstas en la regulación vigente”, señaló la Superintendencia.

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