Bogotá, Colombia -Edición: 333

Fecha: Miércoles 25-05-2022

 

 

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Informe

 

 

 

Súper industria sanciona a Claro y Tigo



La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) informó que impuso multas a los operadores Claro y Tigo al vulnerar el régimen de protección al consumidor. Las sanciones ascienden en total a $2.877 millones.

De acuerdo con la autoridad nacional, la compañía Claro fue sancionada con una multa por $1.534 millones al probarse que el operador emitió publicidad engañosa dentro de las campañas “¿Miedo? Ni que mis redes gastaran datos” y “Elijo disfrutar sin límites lo que me gusta”.

“Se pudo establecer que la compañía no cumplía con la información objetiva señalada dentro de las piezas publicitarias analizadas y que, además, cuando se indicó que el uso de las aplicaciones Facebook, WhatsApp, Instagram y Twitter no generaba consumo de datos, por el contrario, el uso de algunas funcionalidades de las aplicaciones, como las de iniciar sesión, hacer llamadas o videollamadas y transmitir en vivo, sí generaban consumo de los datos de los planes móviles de los usuarios”, indicó la SIC frente a la primera campaña.

 


Con respecto a la segunda publicidad, la Superintendencia afirmó que se evidenció que Claro incluyó cláusulas abusivas que limitaban su responsabilidad, atribuyéndola a las aplicaciones por el consumo de datos del plan del usuario.
 



“La compañía incluyó dentro de los términos y condiciones cláusulas que le exoneraban de toda responsabilidad relacionada con el consumo de datos por el uso de algunas de las funcionalidades de las aplicaciones objeto de la oferta promocional, e inculpaban a la aplicación por el consumo de datos que se configurara del respectivo plan”, explicó la SIC.
 



En cuanto a Tigo, este fue sancionado por $1.343 millones por llevar a cabo prácticas que desconocen el derecho de los usuarios de mantener la titularidad de sus líneas móviles.

El operador habría reutilizado y/o reciclado líneas móviles de usuarios sin el lleno de los requisitos regulatorios vigentes. También se le acusa de modificar unilateralmente los contratos de prestación de servicios, así como desatender los requerimientos de información efectuados en el

 

 

 

marco de las averiguaciones preliminares que se adelantaban por dichas infracciones.

“Se pudo establecer que Tigo habría optado por realizar cambios en la titularidad de las líneas móviles de sus usuarios en modalidad prepago, sin que antes hubiesen pasado dos meses de inactividad del número de la línea móvil, es decir, sin realizar ni recibir llamadas, sin cursar tráfico de datos, sin enviar ni recibir mensajes de texto, sin hacer recargas ni tener saldos vigentes, y sin dar previo aviso a los usuarios. De este modo, dispuso libremente de las líneas en modalidad prepago que eran propiedad de sus usuarios, en contravención de las reglas previstas en la regulación vigente”, señaló la Superintendencia.

 

 

 

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