Bogotá, Colombia -Edición: 772

 Fecha: Domingo 16-03-2025

 

 

Página 12

   

COLUMNISTAS

 

 

 

¿Aburridos con la democracia?

Por: Guillermo Navarrete Hernandez

 

La democracia es un sistema de gobierno que supone que el poder emana del pueblo (así lo establece el artículo tercero de la Constitución Política de Colombia), ya que este es quien determina, a través del voto, a las personas que dirigen los destinos de la nación. Sin embargo, esta forma de gobierno ha sido el resultado de una lucha milenaria, forjada desde las épocas de grandes imperios como el babilónico y el persa, que sentaron las bases de ideas que luego fueron adaptadas y desarrolladas por griegos y romanos, pilares de nuestra estructura jurídica occidental.

Estas civilizaciones no existieron de forma aislada, sino que estuvieron conectadas a través de conquistas, comercio e intercambios culturales y religiosos, lo que generó un influjo decisivo en el desarrollo de la civilización occidental. Por ejemplo, los babilonios, bajo el reinado de Hammurabi (siglo XVIII a.C.), establecieron un código que llevaba su nombre, en el que se promovió un sistema de leyes basado en ideas de justicia y orden legal.

Por su parte, los persas, bajo el liderazgo de Ciro el Grande y Darío I, desarrollaron un sistema administrativo avanzado, con provincias denominadas satrapías, gobernadas por funcionarios leales al rey. Este modelo de organización territorial y administrativa influyó significativamente en los imperios helenístico y romano.

Tras la conquista de Alejandro Magno en el siglo IV a.C., Roma se convirtió en un puente cultural entre Oriente y Occidente, fusionando las culturas griega y persa. Este proceso, conocido como helenismo, difundió las ideas griegas por todo Oriente mientras incorporaba elementos persas en la cultura griega.

La Revolución Inglesa del siglo XVII marcó un hito importante al limitar los poderes del rey en aspectos como el establecimiento de impuestos, la captura arbitraria de ciudadanos (especialmente nobles) y la declaración de la ley marcial en situaciones excepcionales sin el consentimiento del Parlamento. Este fue un primer paso hacia el reconocimiento de derechos y la creación de un Estado de Derecho.

Posteriormente, las revoluciones francesa y norteamericana sentaron las bases de lo que hoy consideramos un Estado democrático, a través de la división y el equilibrio de poderes públicos, diseñados para garantizar y proteger derechos. La implementación de un sistema de pesos y contrapesos, derivado de la Constitución de los Estados Unidos de 1787, es un ejemplo emblemático de dicho avance.

Sin embargo, estos logros no estuvieron exentos de retrocesos. El siglo XX fue testigo del surgimiento de regímenes totalitarios en Alemania, la Unión Soviética e Italia, que culminaron en la Primera Guerra Mundial (1914-1918) y la Segunda Guerra Mundial (1939-1945). Estos conflictos llevaron a la creación de la Organización de las Naciones Unidas y sistemas regionales de protección de los derechos humanos, como la Organización de los Estados Americanos.

 

 

 

Un siglo después de estos acontecimientos y de la promoción global de la democracia en el marco de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los ciudadanos de diversas naciones están eligiendo mandatarios con tendencias autoritarias que desconocen los mecanismos democráticos que sus propios Estados apoyaron. Este fenómeno puede atribuirse a factores como la demanda de mayor seguridad, la reducción del Estado, la percepción de que los políticos no representan a los ciudadanos, la lentitud de los procesos burocráticos, la corrupción, el abuso de poder y el auge de nacionalismos que culpan a los migrantes de los problemas económicos y de seguridad. A esto se suma la desinformación generada por los medios tradicionales y las redes sociales, con noticias falsas (fake news) que fomentan la polarización y la desconfianza en las instituciones.

El desencanto hacia la democracia invita a reflexionar sobre su valor. Aunque no es un sistema perfecto, ofrece la posibilidad de libertad, respeto a los derechos humanos y la promoción de un Estado donde lo social prevalezca para cerrar brechas e incluir a sectores históricamente excluidos. Estos principios son fundamentales para el futuro de cualquier sociedad.

 

Por ello, es indispensable fomentar una educación basada en valores democráticos, promover mecanismos de participación directa como consultas populares, presupuestos participativos y rendición de cuentas, e incentivar el voto joven y la renovación de figuras en el escenario político.

Ejemplos como Costa Rica, con una democracia estable y sin ejército desde 1948; Taiwán, con un sistema democrático robusto que utiliza la tecnología para fomentar la participación ciudadana; y Uruguay, reconocido por su transparencia, bajos niveles de corrupción y estabilidad política, son modelos a seguir.

La democracia no es perfecta, pero es el mejor sistema que tenemos para garantizar la libertad y la justicia. Su preservación depende de cada uno de nosotros. Debemos ser conscientes de que los derechos humanos son conquistas milenarias que no pueden ponerse en riesgo. La participación activa, el control ciudadano efectivo y la promoción de políticas públicas transformadoras son esenciales para construir sociedades resilientes, innovadoras y solidarias, basadas en el respeto y la inclusión.

 

Consulta Popular

Por: Edgar Cabezas

 

Los mecanismos de participación ciudadana están constreñidos por la reglamentación que los delegatarios del poder del pueblo han hecho de ellos, pero así es en general con todos los derechos que la Constitución Política de Colombia otorga a los ciudadanos. Hay que fijarse nada más en el procedimiento de la Consulta Popular que el presidente de la República está en proceso de someter para que con la firma de todos sus ministros y, previo concepto favorable del senado, pueda consultar al pueblo sobre su conveniencia para tomar decisiones de trascendencia nacional.

 

 

 

Después, ha de surtirse la aprobación de las preguntas, el formulario para la recolección de los apoyos por parte de la Registraduría, la financiación de la campaña, la recolección de firmas y, por último, la decisión del pueblo la cual será de obligatorio cumplimiento cuando en la consulta popular se obtenga el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos y haya participado al menos la tercera parte del censo electoral.

El ordenamiento jurídico colombiano establece una jerarquía normativa que emana de la propia Constitución. En efecto diversas disposiciones superiores se refieren a la sujeción de ciertos rangos de normas frente a otras. Es decir, el orden de prevalencia normativa no ha sido señalado en su totalidad por el constituyente. Y, si hay un bloqueo institucional, es porque la unidad del sistema jurídico, y su coherencia y armonía han perdido su fuente de validez y por lo tanto no permiten regular conforme a un mismo sistema axiológico las distintas situaciones de hecho. Dichas situaciones están llamadas a ser normadas por el ordenamiento jurídico, sobre todo cuando por derecho se han vulnerado los derechos de los trabajadores y, por derecho, existe la propuesta por parte del gobierno de restituirlos.

 

En los principios fundamentales de la Constitución Política se establece que Colombia está fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo, en la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. El artículo 53 ordena al Congreso expedir el estatuto del trabajo con, entre otros, los siguientes mínimos principios fundamentales: “Igualdad de oportunidad para los trabajadores, remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad del trabajo; estabilidad en el empleo, irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales”.

Y, todos estos mínimos fundamentales por ley, fueron cercenados por el Congreso con la expedición de la ley 789 de 2002, que incluso extendió el horario ordinario de trabajo de 6 de la tarde a 10 de la noche, para no pagar la compensación por el trabajo de las horas extras.

Las normas constitucionales ocupan sin discusión, el primer lugar dentro de la jerarquía del ordenamiento jurídico, y por eso es que, en razón a que el constituyente no ha señalado en su totalidad el orden de prevalencia normativa, los opositores a las propuestas legislativas del gobierno del cambio recurren a toda suerte de artimañas como recusaciones infundadas, solicitud de archivo, no inclusión de las reformas en el orden del día para su debate engavetándolas, y, como si fuera poco, el retiro de las bancadas del recinto de sesiones para romper el quórum.

 

Para subsanar este indigno procedimiento de la mayoría de los miembros del Senado que se niegan a cumplir con las funciones de su trabajo, mandato que consiste en debatir las reformas que el gobierno somete a su consideración, toca entonces a la Asamblea Nacional propugnar por las reformas sociales, la paz y la unidad. Es preciso salir a manifestarse el 18 de marzo en respaldo al gobierno para que este pueda decidir vía decreto ejecutivo o mediante consulta popular, las leyes que restituyan de manera universal todos los derechos otorgados y consagrados en la Constitución Política de 1991 a las multitudes ciudadanas.

 

 

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