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Alejandro Linares ya no hará parte de la discusión para
despenalizar el aborto |
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El alto tribunal ahora entrará a estudiar las ponencias
presentadas por los magistrados Antonio José Lizarazo y
Alberto Rojas Ríos, en las que se solicita despenalizar el
aborto en Colombia, el cual es legal en el país desde 2006
bajo tres causales: grave malformación del feto incompatible
con la vida, riesgo para la salud física o mental de la
madre o abuso sexual. Cabe recordar que, de no entrar en
esos causales, el aborto es considerado como un delito, cuya
pena sería de entre 16 a 54 meses de cárcel.

Un periódico de circulaciòn nacional conoció que, tanto en
la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, como en la
del magistrado Alberto Rojas Ríos, se pide eliminar el
aborto -fuera de las tres causales- como un delito en
Colombia.
En el caso del texto de 192 páginas presentado por el
magistrado Lizarazo, el diario bogotano conoció que el
togado señaló que el Estado debe despenalizar la
interrupción voluntaria del aborto en el país, pues
penalizarlo no solo incide en que se practiquen abortos
inseguros, sino también, que se vulnere “la libertad de
conciencia de las mujeres” de decidir si quieren procrear o
no.
“Es personalísimo, individual e intransferible, que
corresponde con una de las dimensiones de los derechos
reproductivos, en concreto, la autonomía reproductiva
respecto de la cual les está prohibido intervenir al Estado,
a los particulares, haciendo uso de la coacción o de la
violencia”, se lee en la ponencia conocida por el medio.
En cuanto al texto del magistrado Rojas, el mismo medio
conoció que el representante de la rama judicial también
propone que se despenalice el aborto pues, de acuerdo con
él, es “una restricción desproporcionada al derecho a la
igualdad de las mujeres para acceder a los procedimientos
médicos para la IVE” y, además, afecta “los derechos
fundamentales a la dignidad humana y libre desarrollo de la
personalidad” de las mismas.
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Con una votación de 5-4, la Sala Plena de la Corte
Constitucional aceptó el impedimento del magistrado
Alejandro Linares de hacer parte del debate para
despenalizar o no el aborto en Colombia. Así, según
conocieron los medios, no alcanzarían los votos para
declarar como inexequible el tipo penal de aborto. El caso
entraría a ser juzgado por un conjuez que dirimiría el voto
de Linares.

La decisión fue tomada con ponencia del conjuez Hernando
Yepes Arcila, quien aceptó el impedimento presentado por el
Magistrado Linares el pasado 18 de noviembre de 2021, luego
de entregar unas declaraciones a un medio de comunicación el
11 de noviembre, las cuales, de acuerdo con él, podrían
interferir con su imagen de imparcialidad en la discusión de
la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Colombia.
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“En ese tema uno escucha múltiples opiniones, gente muy
cercana a uno (…) o tiene los hijos de uno que le dicen:
‘papá, estoy de acuerdo contigo en la despenalización del
aborto, o no estoy de acuerdo contigo en la despenalización
del aborto, cada individuo tiene una visión muy personal de
lo que debería ser un fallo de la Corte”, dijo en ese
entonces el magistrado a un medio de comunicación.
Frente al impedimento, el pasado 18 de noviembre de 2021 la
Sala Plena de la Corte no llegó a un acuerdo, por lo que
designaron al conjuez Yepes Arcila.
El primero de diciembre, el alto tribunal
tuvo un primera sesión, sin embargo, ese día tampoco se tomó
una decisión por lo que se suspendió el encuentro sin
ninguna votación. Ahora, un mes y medio después, la Corte
Constitucional aceptó el impedimento del magistrado Linares.

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