|
Choque
entre Claudia López y la procuradora

La procuradora Margarita Cabello Blanco defiende a capa y espada la
reforma del código disciplinario que le da facultades de juez para
sancionar a funcionarios de elección popular, la alcaldesa de Bogotá,
Claudia López dice que esa norma se creó sin cumplir literalmente las
ordenes dadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte
IDH).
En el seminario sobre el “uso y abuso del derecho sancionador en el
Estado colombiano” en la Universidad Externado, ambas funcionarias se
refirieron a las facultades de la Procuraduría para sancionar a
funcionarios de elección popular.
“La nueva ley da todas las garantías. El nuevo código disciplinario
permite imponer sanciones de destitución e inhabilidad a funcionarios de
elección popular, mientras eso esté vigente es mi responsabilidad y mi
debes como procuradora aplicarla”, dijo Cabello.
Por su parte López dijo que la creación de ese código disciplinario “no
es una interpretación literal” a las órdenes internacionales.
“La procuradora explicó con base en qué hizo esa interpretación, de
buena fe sin duda, pero ha reconocido que no es una interpretación
literal de la sentencia, y por ello debe ser analizada por quién en
última instancia interpreta las leyes que es nuestra Corte
Constitucional”, dijo López.
Precisamente ese debate se encuentra en el despacho de la magistrada
Cristina Pardo de la Corte Constitucional.
El debate está retrasado para que la magistrada presente a la Sala Plena
su ponencia, por cuenta de que tanto la procuradora Cabello como el
viceprocurador Silviano Gómez se declararon impedidos y aún no llega el
concepto que debe entregar la Procuraduría sobre el particular.
Cabello y Gómez le dijeron a la Corte que no podían presentar un
concepto en ese proceso porque lideraron y participaron en el proyecto
de ley que creó el nuevo el nuevo código ante el Congreso de la
Republica.
“Radiqué en el Senado de la República la iniciativa que dio lugar a la
expedición de la Ley 2094 de 20213» y ii) «En virtud de lo dispuesto en
el inciso tercero del artículo 96 de la Ley 5 de 19924, asistí e
intervine ante las cámaras durante las deliberaciones del proyecto de
ley”, se lee en el documento que entregó Cabello a la Corte.
Ese código disciplinario se creó a raíz del fallo de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que condenó a Colombia
por la sanción disciplinaria contra el entonces alcalde de Bogotá,
Gustavo Petro.
|
|
El fallo de la Corte IDH ordenó quitarle a la Procuraduría esa facultad
sancionatoria bajo el argumento de que solo un juez puede sancionar a
los elegidos con voto popular.
Ante eso, el Gobierno afirma que en la jurisprudencia de esa Corte
internacional no “hay una definición clara y especifica de la expresión
condena por juez” y que se debe proteger la soberanía del Estado
colombiano.
Aumento de casos activos de Covid-19

Aumento de casos por Covid-19 activos registrados en el último mes,
además del pico sostenido de infecciones respiratorias agudas que se
registra en Bogotá, la Secretaría Distrital de Salud reiteró el llamado
a la ciudadanía de mantener las medidas de autocuidado, completar los
esquemas de vacunación, ser responsable y quedarse en casa si se
presentan síntomas gripales.
En la última semana en Bogotá se ha registrado un total de 1.431 casos
activos de covid-19, lo que permite evidenciar un aumento del 45 %
respecto a la última semana del mes de abril; el aumento de casos se
concentra en la población de 30 a 49 años.
La entidad señaló que continua monitoreando el comportamiento del virus
y que mantiene las acciones de búsqueda activa diaria con la toma de
muestras en puntos estratégicos de la ciudad.
Además, hicieron énfasis en que la ciudad se encuentra atravesando el
primer pico de infección respiratoria aguda del año, en el que además
del coronavirus, están circulando otros virus respiratorios que están
afectando principalmente a los menores de cinco años de edad.
La entidad destacó que actualmente se encuentra realizando un trabajo
articulado con la red hospitalaria y las Entidades Administradoras de
Planes de Beneficios (EAPB), en el que se ha venido implementando el
Plan de Intensificación de Acciones con las que se busca controlar los
casos de infección respiratoria aguda (IRA) y mantener los protocolos
frente al coronavirus.
Y agregaron que los servicios de hospitalización general y Unidad de
Cuidado Intensivo (UCI) para la atención de población pediátrica se
encuentran con una ocupación superior al 90 % como consecuencia de las
afectaciones respiratorias que se han presentado en niños y niñas.
El Distrito le recuerda a los ciudadanos continuar con medidas, como el
lavado constante de manos, iniciar, completar y aplicar refuerzo del
esquema de vacunación contra la covid-19, uso del tapabocas de manera
obligatoria en instituciones de salud, hogares geriátricos y
gerontológicos, transporte público, incrementar la limpieza y
desinfección permanente de superficies y elementos de contacto constante
y directo, entre otras.
|
|
Subsidios de vivienda en Bogotá

Secretaría de Hábitat de Bogotá se encuentra realizando una convocatoria
para que los ciudadanos puede acceder a subsidios de vivienda nueva en
Bogotá.
En ese sentido, el Distrito indicó que los interesados deberán aportar
recursos propios u obtener un crédito hipotecario.
Este subsidio se otorga a través del programa 'Oferta Preferente', por
medio del cual la Secretaría Distrital del Hábitat separa unidades de
vivienda VIP y VIS en la ciudad de Bogotá y asigna un subsidio a hogares
vulnerables con ingresos de hasta cuatro Salarios Mínimos Mensuales
Legales Vigentes (SMMLV), para facilitar la adquisición de una de las
viviendas separadas.
La entidad señaló que los interesados pueden inscribirse hasta el
próximo viernes tres de junio hasta las 11:59 de la noche, por lo que
podrán elegir entre inmuebles de interés social o prioritario elegidos
(VIS y VIP).
Es importante tener en cuenta que la Secretaría de Hábitat no cuenta con
programas de vivienda gratuita. En ese sentido, los ciudadanos deberán
aportar recursos propios o tramitar un crédito hipotecario con un banco
o una entidad financiera, para terminar de saldar la deuda.
Estos son los requisitos que exige la entidad distrital para poder
aplicar a la convocatoria:
.- Él o la jefe del hogar debe ser mayor de edad.
.- La sumatoria de los ingresos del hogar no deben superar los cuatro
Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.
.- No ser propietario de una vivienda en el territorio nacional.
.- No haber recibido antes algún tipo de subsidio de vivienda.
.- No haber sido sancionado en un proceso de asignación de subsidio de
vivienda.
.- Tener un cierre financiero.
 |
|