Bogotá, Colombia -Edición: 708

 Fecha: Viernes 18-10-2024

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POLÍTICA

 

 

 

Comuneros del Sur se comprometió a facilitar búsqueda de personas



 

En la Mesa para la Co-Construcción de Paz Territorial en Nariño, que se llevó a cabo en el municipio de Cumbal, se firmó un Segundo Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Comuneros del Sur, que se centra en facilitar el proceso de búsqueda de personas dadas por desaparecidas.

 

Este acuerdo, que resalta la voluntad de colaboración entre las partes, busca impulsar la búsqueda mediante la creación de un grupo especial de exploración. Además, se contempla la formación en metodologías y condiciones adecuadas para llevar a cabo esta tarea, así como la disposición de toda la información y ayuda necesaria para facilitar el proceso de búsqueda.

 

Comuneros del Sur se comprometió a asegurar que las entidades, instituciones y familiares que buscan a las personas desaparecidas puedan realizar su labor con todas las garantías necesarias, facilitando su trabajo a través de actividades concertadas en el territorio.

De igual modo, la delegación de Comuneros del Sur conformará un equipo de diez personas que dinamizará el proceso de búsqueda de personas dadas por desaparecidas. Este equipo contará con una persona encargada de la comunicación y articulación con UBPD, a través de la Oficina del Consejero Comisionado de Paz.

Para fortalecer este esfuerzo, la UBPD llevará a cabo una capacitación teórico-práctica, para la cual se enviará previamente el programa de formación y sus contenidos. Durante esta capacitación, se concertarán acciones específicas que permitirán un ejercicio colectivo de búsqueda, asegurando así que el equipo esté debidamente preparado para contribuir de manera efectiva a este proceso vital.

Por su parte, la delegación del Gobierno Nacional promoverá el reconocimiento de Comuneros del Sur como actores activos y determinantes en la búsqueda de personas dadas por desaparecidas, enfatizando su contribución a la sociedad.

Según el gobernador de Nariño, Luis Alfonso Escobar, la articulación interinstitucional que se ha propuesto en el DNI de la Paz refleja los resultados que Nariño y Colombia esperan. Este gesto debe repercutir a favor de la búsqueda de los más de 100.000 desaparecidos en el país y los más de 7.000 en el departamento.


Implementar Jurisdicción Agraria y Rural urge contralor General




El contralor General de la República, Carlos Hernán Rodríguez Becerra, señaló la
imperiosa necesidad de implementar la Jurisdicción Agraria y Rural en el país, como un mecanismo que permita llevar esta justicia especializada a la ruralidad colombiana.


El Acuerdo Final de Paz de 2016 reconoció la necesidad de una jurisdicción agraria para abordar los problemas históricos de tenencia de tierras y destacó la importancia de crear mecanismos específicos para garantizar justicia en las zonas rurales, donde los conflictos agrarios han sido una fuente constante de tensión y desigualdad.

Al instalar el “Foro Jurisdicción Agraria y Rural, Estructuración y retos en el contexto de la Reforma Rural Integral”, el Contralor Rodríguez Becerra dijo que la Contraloría ve con preocupación el incumplimiento de las estrategias, productos, metas trazadas e indicadores para lograr en el país una Reforma Rural Integral.


“Desde este Foro instamos al Gobierno Nacional para que, a través de sus Ministerios, Agencias y demás entidades, se avance significativamente en la resolución de los múltiples conflictos agrarios que afectan el país”, dijo el jefe del organismo de control.

Consideró que la dilación en la puesta en marcha de la Jurisdicción Agraria, ha acentuado los problemas relacionados  con la propiedad y la recuperación de las tierras. “Si no se toman medidas inmediatas y efectivas, los sueños de acceso a la tierra, a la tierra y desarrollo rural para millones de colombianos seguirá siendo una promesa vacía”, sostuvo.

Recordó que el sector agrario ha estado históricamente marcado por largos procesos judiciales que no responden a las necesidades de las comunidades rurales y por eso la creación de una jurisdicción especializada permitirá que estos casos sean atendidos con la prioridad que requieren.
 

 

 
“Uno de los principales problemas que  enfrenta el agro en Colombia es la inequidad en la tenencia de la tierra. La concentración de grandes extensiones de tierra en pocas manos ha generado tensiones sociales y ha limitado el acceso de las comunidades rurales a recursos productivos. Por ello, el país necesita saber dónde y en manos de quién está la tierra”, enfatizó. Consideró igualmente que la recuperación de baldíos debe ser una prioridad para la justicia agraria y un aspecto clave son los mecanismos de solución alternativa.

 

El Contralor General aprovechó para hacer un llamado a la Presidencia de la República, al DNP, al DANE, a la Superintendencia de Notariado y Registro, al IGAC y demás gestores catastrales, para avanzar en la actualización y operación del catastro multipropósito.

Acuerdo de Paz: avances mínimos en adquisición de predios rurales

 

Como alarmante calificó el Contralor Rodríguez Becerra la situación actual de desarrollo del punto 1.1.1. del Acuerdo Final de Paz firmado con las FARC en 2016 sobre adquisición de predios rurales y reveló que, de acuerdo con los seguimientos que realiza el ente de control, a enero de 2024 ni siquiera llegan al 1% las hectáreas adjudicadas a la población campesina.

Lo mismo pasa con las hectáreas compradas directamente en virtud de un convenio que suscribió el Gobierno nacional con la Federación Nacional de Ganaderos (FEDEGAN), aseguró.

Hasta enero de 2024, se habían ingresado al Fondo de Tierras en la Subcuenta Campesinos, 252.113,2 hectáreas, correspondientes a bienes fiscales patrimoniales, equivalentes al 8,4 % de la meta pactada en el Acuerdo de Paz, que fue de 3 millones de hectáreas. Para esa fecha, solo 5.260,8 hectáreas, es decir el 0,175%, habían sido efectivamente adjudicadas a la población campesina, producto del Acuerdo.

 

Reforma laboral fue aprobada en segundo debate y pasa al Senado



Con 93 votos por el sí y 13 por el no, la reforma laboral presentada por el gobierno nacional fue aprobada en su totalidad en la Cámara de Representantes, junto con sus nuevos 8 artículos incluidos en esta discusión. Ahora tendrá que seguir su trámite en el Senado de la República.

Con un retraso de más de una hora, este jueves se dio continuidad al debate de la reforma laboral en la Cámara de Representantes, donde ya se ha aprobado un 90% del articulado propuesto por el Gobierno Nacional.

 

“Esta reforma va dirigida a que Colombia transite hacia estándares nacionales e internacionales, pero sobre todo que tenga un enfoque de derechos. Esa es la esencia de este proceso y que se cumplan los compromisos”, señaló la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, al salir de la plenaria de la Cámara de Representantes, donde se realiza el segundo debate del proyecto de ley de la Reforma Laboral.

 

Tras dar por finalizada la diligencia durante el 16 de octubre por falta de quorum, este jueves continúa el debate con el fin de discutir el bloque de artículos restantes y las más de 100 proposiciones de artículos nuevos que podrían ser incluidos en el proyecto de ley.

 

Estos son los artículos aprobados hasta ahora:

Además de la aprobación del artículo 22, también se avaló el 23 que está relacionado con la monetización de la cuota de aprendizaje. De igual manera, se le dio visto bueno al 49, que amplía la licencia de paternidad de manera progresiva a cuatro semanas.

Otro artículo aprobado fue el 67, que le prohíbe la celebración de contratos sindicales que tengan por objeto la ejecución de obras o prestación de servicios a terceros. Sin embargo, los contratos sindicales vigentes al momento de la publicación de la ley podrán mantenerse hasta que los trabajadores partícipes sean beneficiarios de acuerdos de formalización laboral.

 

También contaron con aval el artículo 17, que trata la remuneración en días de descanso obligatorio, el cual debe ser de 100%, y se aplicará en 80% en 2025; subirá a 90% en 2026 y será plena en 2027.

Artículos eliminados

A este punto han sido eliminados un total de siete artículos. Entre ellos se encuentran los 31, 32 y 33 relacionados con el sector agropecuario que buscaban: volver indefinidos contratos agro tras pasadas 27 semanas consecutivas de trabajo, el "jornal agropecuario" con el que se planteaba un pago diario con salario y prestaciones, y las condiciones de vivienda para trabajadores del sector rural.
 

 

 

También fue retirado el artículo 50, el cual permitía que parejas del mismo sexo pudieran elegir quién recibiría la licencia de maternidad y de paternidad.


Hace algunas semanas la plenaria también eliminó el articulado relacionado con las indemnizaciones por despidos sin justa causa.


Tumban artículo del PND que otorgaba funciones a SuperTransporte



 

La Corte Constitucional tumbó el artículo 252 del Plan Nacional de Desarrollo (PND) del gobierno de Gustavo Petro, el cual asignaba nuevas funciones de inspección y vigilancia a la Superintendencia de Transporte sobre las zonas de enturnamiento e infraestructura marítima y fluvial no concesionada.

 

La decisión fue tomada de manera unánime por los siete magistrados de la Sala Plena, bajo la ponencia del presidente de la Corte, el magistrado José Fernando Reyes Cuartas.

Este artículo 252 otorgaba a la Superintendencia la facultad de vigilar a personas naturales y jurídicas que prestan servicios conexos al transporte en las zonas de enturnamiento —espacios diseñados para el descanso y la alimentación de los conductores, que incluyen áreas de espera, compra de alimentos y servicios de baños— y sobre la infraestructura no concesionada marítima y fluvial. También establecía la supervisión de agentes marítimos y líneas navieras en relación con la prestación del servicio público de transporte en Colombia.

La Corte Constitucional declaró inconstitucional el artículo debido a la violación del principio de unidad de materia, que exige que las disposiciones dentro de una ley guarden relación directa con su objeto principal. La Corte concluyó que las nuevas funciones de la Superintendencia no tenían una conexión clara con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, denominado Colombia, potencia mundial de la vida.

El fallo señaló que "no se acreditó que la vigilancia creada para la Superintendencia hacia personas naturales o jurídicas en zonas de enturnamiento e infraestructura no concesionada tuviera relación directa e inmediata con los objetivos del PND". Según la Corte, las funciones adicionales otorgadas a la Superintendencia no guardaban "conexidad estrecha, directa e inmediata" con el eje del PND relacionado con la "transformación productiva, internacionalización y acción climática".

El magistrado José Fernando Reyes, ponente de la decisión, afirmó que no se encontró que el artículo 252 tuviera relación con las estrategias establecidas en el documento Bases del Plan, ni con los proyectos contemplados en el Plan Nacional de Inversiones Públicas 2023-2026. "No se constató que la norma tuviera relación con los programas del Plan Nacional de Inversiones, que, aunque contempla múltiples proyectos, ninguno de ellos guarda relación con la competencia de inspección, control y vigilancia adicional que se pretendía otorgar a la SuperTransporte", explicó el fallo.

Además, la Corte Constitucional subrayó que la regulación de las funciones de inspección, control y vigilancia que se buscaba establecer sobre las zonas de enturnamiento y la infraestructura marítima y fluvial no concesionada debía tramitarse a través de una ley ordinaria y no mediante el Plan Nacional de Desarrollo, que es una norma especial. "La regulación de estas competencias no corresponde a la Ley del Plan Nacional de Desarrollo, ya que excede los límites de su contenido y duración", precisaron los magistrados.

Esta decisión se suma a la reciente declaración de inconstitucionalidad de los artículos 211 y 212 del mismo PND, relacionados con los procesos de extinción de dominio y la administración de bienes del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco). En esa ocasión, la Corte declaró: "Los artículos 211 y 212 de la Ley 2294 de 2023 son inconstitucionales. Se difiere los efectos de la declaratoria de inexequibilidad durante un término igual al que falta para terminar la actual legislatura, es decir, hasta el 20 de julio de 2025".

El Plan Nacional de Desarrollo de Gustavo Petro es la hoja de ruta que establece las metas económicas y sociales del gobierno. No obstante, la Corte Constitucional reiteró en su fallo que las disposiciones del PND deben centrarse exclusivamente en los ejes temáticos del gobierno para su mandato y no incluir regulaciones que sobrepasen este alcance.

Por último, la Corte concluyó que las nuevas funciones de la Superintendencia de Transporte, al tratarse de una competencia permanente, requerían ser establecidas mediante una ley ordinaria. Por lo tanto, se declaró la inconstitucionalidad del artículo 252 del PND, reafirmando que toda modificación o ampliación de las competencias de un ente estatal debe cumplir estrictamente con los requisitos constitucionales.

 

 

 

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